Condiciones de compra

AppSCREEN®, the original

traducido con DeepL (www.deepl.com)

Condiciones de compra de AppSCREEN GmbH Versión 04/2016

1. ámbitos de aplicación, definiciones, derechos de muestras, piezas suministradas, herramientas

 

1.1.
Las condiciones de compra de la empresa AppSCREEN GmbH, en lo sucesivo también denominada «Principal» o «nosotros», formarán parte integrante de todos los contratos que celebremos con terceros (=»Contratista» =»Proveedor» =»Vendedor») de mercancías, salvo que se acuerden desviaciones por escrito en el contrato. En caso de que existan desviaciones o contradicciones entre las disposiciones de estas condiciones de compra y el contrato, prevalecerán las disposiciones de un contrato acordado por escrito.

Estas condiciones de compra se aplicarán también a todas nuestras futuras transacciones con este contratista.

«Bienes» en el sentido de estas Condiciones de Compra son artículos, derechos y otros servicios acordados contractualmente de cualquier tipo y naturaleza jurídica.

 

1.2
Las condiciones generales de venta y entrega del contratista (= condiciones de terceros) que entren en conflicto o se aparten de nuestras condiciones de compra no formarán parte del contrato. Esto también se aplicará si no nos hemos opuesto individualmente a las CGC de terceros proporcionadas o comunicadas. La aceptación de las mercancías por nuestra parte sin objeción no constituirá una aceptación de las CGC de terceros.

 

1.3
Los dibujos, borradores, datos y otras plantillas que pongamos a disposición del contratista, independientemente de que sean originales o reproducciones, sólo se pondrán a su disposición en calidad de préstamo y seguirán siendo de nuestra propiedad. No podrán utilizarse para otros fines, reproducirse o transmitirse a terceros o darse a conocer de otro modo y deberán devolverse lo antes posible, a petición nuestra o, a más tardar, inmediatamente después de la ejecución del pedido.

 

1.4
Si proporcionamos elementos que se utilizan en la mercancía, éstos seguirán siendo de nuestra propiedad. El procesamiento o la transformación serán llevados a cabo por el contratista en nuestro nombre y, en caso de procesamiento o mezcla con bienes de terceros, adquiriremos la copropiedad en la proporción en la que se encuentre el valor de nuestros artículos con respecto al de los otros artículos en el momento del procesamiento o la mezcla. 

1.5
Si proporcionamos al proveedor elementos, en particular diseños, datos o herramientas, para la fabricación de la mercancía, seguiremos siendo el propietario indirecto y el proveedor deberá custodiar estos elementos para nosotros como propietario directo por su cuenta y riesgo. Seguirán siendo de nuestra propiedad, serán marcados y tratados por el proveedor como de nuestra propiedad y sólo se utilizarán para el cumplimiento de sus obligaciones de entrega y ejecución frente a nosotros. Su mantenimiento, cuidado y reparación objetivamente requeridos, así como su aseguramiento a nuestro favor contra robo, daños o destrucción por incendio u otros riesgos naturales, serán realizados por el proveedor en cada caso a su cargo.

Estos artículos deberán ser entregados a nosotros o a la tercera persona designada por nosotros por el proveedor a petición nuestra en cualquier momento, sin que el proveedor pueda oponerse a la reclamación de entrega con su propio derecho de posesión, derecho de retención o cualquier otro derecho. En caso de que terceras personas accedan a estos objetos, el proveedor deberá informarnos inmediatamente por escrito y apoyarnos para evitar la invasión de nuestros derechos de propiedad y posesión. Tenemos derecho a inspeccionar en cualquier momento estos artículos en las instalaciones del proveedor, a examinarlos, a cambiarlos o a que terceros lo hagan por nosotros en cada caso.

 

1.6
El hecho de que no ejerzamos o dejemos de ejercer repetidamente los derechos que nos corresponden en virtud de estas Condiciones de Compra o del contrato con el Proveedor o de la ley, o que no los hagamos valer o reservar expresamente en un momento determinado, no constituirá en ningún caso una declaración de que renunciamos a nuestros derechos o al cumplimiento de las disposiciones en las que se basan para el pasado o para el futuro o que no hacemos valer nuestras reclamaciones.

 

1.7
Los títulos de las secciones de estas Condiciones de Compra son sólo por conveniencia y no deben ser invocados para determinar, determinar o interpretar el contenido de las respectivas disposiciones.

 

2 Requisitos formales, acuerdo de precios, origen, confidencialidad

 

2.1
Los contratos de bienes y sus modificaciones y suplementos deben realizarse por escrito en el sentido del artículo 126 (I) y (II) del Código Civil alemán (BGB), con exclusión de cualquier otra forma, como el formulario de texto o la transmisión electrónica o por telecomunicación.

 

2.2
Salvo que una de las partes declare expresamente lo contrario en su oferta contractual o en su declaración de aceptación, o salvo que se haya acordado otra cosa en el contrato, la forma escrita se cumplirá -también en contra de lo dispuesto en el apartado 2.1 anterior y también para la celebración de un contrato- mediante un intercambio de cartas, forma de texto, transmisión de cartas por fax, declaraciones electrónicas o telecomunicativas e intercambio electrónico de datos.

 

2.3
Los acuerdos verbales sólo serán efectivos si son confirmados inmediatamente por escrito por una de las partes o si ambas partes actúan de forma implícita.

 

2.4
A falta de un acuerdo de precios expreso y por escrito, no se celebrará un contrato y la solicitud de servicios no será vinculante para nosotros, a menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito.

 

2.5
A falta de una declaración expresa en sentido contrario, cualquier oferta de precio se entenderá que la mercancía o los servicios se nos entregarán o prestarán en Múnich (sede social) o en el otro lugar de entrega expresamente acordado y que todos los costes, derechos, tasas, impuestos, derechos de aduana, seguros, fletes y embalajes incurridos o causados hasta ese momento están incluidos en el precio.

 

2.6
En las notificaciones que nos haga el proveedor, en sus albaranes y en sus facturas deben figurar nuestros datos de pedido y de solicitud y nuestro número de material.

 

2.7
A petición nuestra, el proveedor deberá declararnos y/o demostrarnos por escrito el origen de la mercancía.

 

2.8
Tanto nosotros como el proveedor estamos obligados a tratar toda la información que recibamos de la otra parte en el marco de nuestra relación comercial, así como la naturaleza de las mercancías y el contenido de los contratos, de forma estrictamente confidencial y a no hacerla accesible a terceros, y a garantizar que los respectivos empleados, agentes u otros terceros implicados en la relación comercial también cumplan con esta obligación de confidencialidad.

 

3. pedidos, periodo de aceptación, contenido del contrato, inspección, calidad, cantidades 

3.1
Los contratos se celebrarán por escrito o cuando el contratista nos declare por escrito la aceptación de nuestro pedido en un plazo de 14 días a partir de la recepción de nuestro pedido por su parte; nuestro derecho a especificar un plazo más corto o más largo en el pedido no se verá afectado. Una vez transcurridos estos 14 días o el vencimiento del plazo fijado por nosotros en el pedido, tendremos el derecho pero no la obligación de revocar nuestro pedido por escrito hasta la recepción de la declaración de aceptación. Incluso sin su declaración de aceptación por escrito, el primer acto del contratista por el que cumpla nuestro pedido hacia nosotros se considerará como su declaración de que acepta nuestro pedido en su totalidad.

 

3.2
Si nuestro pedido es aceptado por el contratista sólo con desviaciones, el contratista deberá indicárnoslo expresamente y de forma destacada por escrito; el contrato sólo se celebrará con nuestro consentimiento.

 

3.3
En la medida en que no lo indiquemos expresamente en nuestro pedido, no aceptamos con él ninguna oferta que nos haya hecho previamente el proveedor, sino que sólo nuestro pedido determina el contenido del contrato que ofrecemos al proveedor.

 

3.4
Salvo que se indique expresamente lo contrario por escrito, las ofertas que nos haga el proveedor y nuestros pedidos se entenderán siempre en el sentido de que la mercancía es de una calidad adecuada para el uso previsto especificado o resultante de la naturaleza de la mercancía o habitual en el sector, que cumple con las disposiciones legales aplicables en Alemania a tal efecto, que todas las sustancias, preparados y objetos del proveedor cumplen con las especificaciones y demás disposiciones del Reglamento REACH, que están libres de defectos y que no presentan defectos de materiales ni de fabricación.

Reglamento REACH, la mercancía no está sujeta a ninguna restricción comercial o de exportación aplicable en Alemania, cumple con la información de las descripciones técnicas, los certificados de prueba, los certificados de origen, los certificados o las confirmaciones que hemos solicitado al proveedor o que hemos recibido de él hasta la celebración del contrato o que han sido publicados de forma general por el proveedor o con su conocimiento y que la mercancía se nos entrega libre de derechos de terceros.

3.5
El proveedor está obligado a comprobar nuestro pedido de forma competente con la diligencia habitual en el sector y a sugerirnos que se modifique la calidad de la mercancía si es necesario o conveniente realizar cambios en relación con las normas legales u otras normas obligatorias que ya hayan cambiado o hayan cambiado hasta el momento de la entrega o por razones técnicas. Esto también se aplicará a las entregas/servicios repetidos en el marco de un contrato ya celebrado.

 

3.6
Sin nuestro consentimiento previo por escrito, el proveedor no tiene derecho a modificar la calidad de la mercancía acordada en el contrato ni a desviarse de la cantidad acordada en el contrato o indicada en nuestro aviso de entrega. Las desviaciones nos dan derecho a rechazar la aceptación.

 

4 Aceptación, fechas, cantidades, retraso, penalización contractual, fuerza mayor, transferencia de riesgo

 

4.1
Las fechas, los plazos y las cantidades según el contrato son vinculantes. Si tenemos derecho a reclamar cantidades parciales al proveedor, los datos de nuestra reclamación de entrega serán vinculantes. La recepción de la mercancía en el lugar de entrega contractual será determinante para el cumplimiento de la fecha de entrega o del plazo de entrega.

 

4.2
El proveedor debe informarnos inmediatamente por escrito en cuanto se dé cuenta de que no nos va a entregar la mercancía de acuerdo con el contrato o el requerimiento de entrega a pesar de todas las medidas posibles y razonables. El proveedor deberá informarnos por escrito de todas las causas, así como de las medidas adoptadas por él para remediar la situación de forma verificable y, al mismo tiempo, informarnos por escrito de la nueva fecha de entrega que le es posible con certeza. Nuestros derechos por retraso en la entrega e incumplimiento de contrato no se ven afectados.

 

4.4
El acuerdo de nuevas fechas en caso de retraso o la aceptación incondicional de las mercancías entregadas con retraso no constituirá una renuncia a los derechos que nos corresponden por el retraso en la entrega. 

 

4.5

Todos los acontecimientos de fuerza mayor, así como las perturbaciones operativas de cualquier tipo de las que no seamos responsables y que provoquen una restricción o un cese de nuestras operaciones, nos darán derecho a posponer el cumplimiento de las obligaciones de aceptación aceptadas o, si el cumplimiento ya no nos interesa en un momento posterior, a rescindir el contrato total o parcialmente. Se considerarán causas de fuerza mayor las huelgas, los cierres patronales y otras circunstancias que nos afecten a nosotros o a terceros y que perturben permanentemente nuestras operaciones y nos dificulten o impidan considerablemente el cumplimiento de nuestras obligaciones. Estamos obligados a informar al contratista por escrito sobre tales situaciones y sus efectos en la relación comercial tan pronto como sea posible y razonable.

 

4.6
Todos los acontecimientos de fuerza mayor, así como las perturbaciones operativas de cualquier tipo de las que el proveedor no sea responsable y que provoquen una restricción o un cese de sus operaciones, darán derecho al proveedor a posponer el cumplimiento de las obligaciones de entrega asumidas o, si el cumplimiento ya no es posible para el proveedor en un momento posterior, a rescindir el contrato total o parcialmente. Se considerarán causas de fuerza mayor las huelgas, los cierres patronales y otras circunstancias en las instalaciones del proveedor o de terceros que perturben permanentemente sus operaciones y le dificulten o impidan considerablemente el cumplimiento de sus obligaciones. El proveedor está obligado a informarnos por escrito sobre tales situaciones y sus efectos en la relación comercial tan pronto como sea posible y razonable.

 

4.7
El riesgo sólo se transmitirá a nosotros en el momento de la entrega de la mercancía en el lugar de entrega acordado y su aceptación incondicional por nuestra parte.

 

5 Inspección de entrada, garantía, responsabilidad del fabricante, plazo de prescripción

 

5.1
Sólo inspeccionaremos externamente la mercancía que se nos entregue para comprobar los daños visibles del transporte, los defectos evidentes y, basándonos en los documentos de transporte, el número de artículos y la identidad de la entrega con el contrato o la llamada; por lo demás, no tendremos ninguna obligación frente al proveedor de inspeccionar la mercancía a su recepción. Sólo llevaremos a cabo inspecciones con métodos de inspección relacionados con el uso o la producción o el producto de acuerdo con las circunstancias de nuestro curso ordinario de los negocios. Si notificamos los defectos en un plazo de dos semanas, calculado a partir de la fecha de entrega de la mercancía, esta notificación de los defectos se considerará en todo caso oportuna, a menos que los defectos ya fueran evidentemente reconocibles en el momento de la entrega de la mercancía. Al pagar la mercancía, no declaramos que ésta haya sido inspeccionada, aceptada o sea conforme al contrato. 

5.2
En caso de cumplimiento defectuoso del contrato o de incumplimiento de las obligaciones, tendremos derecho a la totalidad de las reclamaciones legales. Si se presenta una reclamación contra nosotros por defectos o daños en nuestros productos que hayan sido causados o hayan contribuido a ellos las mercancías entregadas a nosotros por nuestro contratista de forma defectuosa o con incumplimiento de sus obligaciones, las disposiciones de los artículos 478, 479 del Código Civil alemán se aplicarán mutatis mutandis a nuestro recurso contra nuestro contratista, a menos que tengamos reclamaciones más amplias sobre la base de otras disposiciones legales o contractuales.

5.3
El contratista nos indemnizará por cualquier obligación derivada de la responsabilidad del fabricante, incluidos los gastos derivados y relacionados con las acciones de retirada, que nos afecten debido a que los bienes entregados por el contratista sean contrarios al contrato y siempre que estas desviaciones hayan sido causadas dentro de su ámbito de control o de su área organizativa o no hayan sido reconocidas como infracción. Esto también se aplicará si hemos transformado la mercancía. Cualquier otra reclamación legal a la que tengamos derecho no se verá afectada.

5.4
Salvo que se disponga lo contrario en nuestro acuerdo contractual con el contratista, las disposiciones legales regirán el inicio y los plazos de prescripción de nuestras reclamaciones derivadas de la ejecución defectuosa o indebida del contrato, prorrogándose la duración de cada plazo de prescripción por un período de seis meses. 6.

6 Pagos, descuentos, cesiones, vencimiento, compensaciones

 

6.1
Salvo que se acuerde lo contrario, realizaremos el pago en un plazo de 14 días desde la entrega de la mercancía y la recepción de la factura con un descuento del 3% o en un plazo de 60 días sin descuento, siempre que la mercancía se haya cumplido de acuerdo con el contrato y la factura se haya emitido correctamente. Tenemos derecho a pagar mediante el envío de cheques cruzados o por transferencia bancaria a nuestra discreción. Se considerará que el pago se ha efectuado a tiempo si podemos demostrar que hemos dado la orden de pago a la entidad financiera o enviado el cheque al contratista dentro del plazo mencionado.

Si las facturas no contienen la información especificada en el apartado 2.6, el plazo de 14 días para la deducción del descuento no comenzará hasta el día en que se disponga de toda la información requerida por nosotros. No aceptamos envíos contra reembolso; los costes resultantes correrán a cargo del proveedor.

 

6.2
Sin nuestro consentimiento previo por escrito, que no puede ser denegado sin razón, el proveedor no tiene derecho a ceder sus reclamaciones de pago o de otro tipo frente a nosotros o a que sean cobradas por terceros.

 

6.3
Si nuestro contratista sufre un colapso financiero (=sobreendeudamiento, insolvencia o insolvencia inminente) y, por lo tanto, se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia contra su patrimonio, todos nuestros créditos contra él se considerarán vencidos e incondicionalmente pagaderos en el momento de la presentación de una solicitud de insolvencia, incluso si se trata de créditos antiguos, créditos sujetos a una condición suspensiva o créditos sujetos a una condición suspensiva.
En la medida en que, en este momento, tengamos reclamaciones contra nuestro contratista que no sean monetarias o cuyo importe sea indeterminado o incierto, tendremos derecho, a nuestra razonable discreción, a cuantificar la cantidad de dinero que nos debe el contratista y a exigírsela.

 

6.4
En caso de que se abra un procedimiento de insolvencia contra el patrimonio de nuestro contratista, tendremos derecho a compensar con sus créditos también los que se nos adeuden y que aún estén condicionados o no se hayan vencido y/o que se adeuden a un tercero en el que tengamos una participación directa o indirecta en ese momento o que entonces tenga una participación en nosotros. En la medida en que las reclamaciones contra la parte contratante no sean monetarias en ese momento o su importe monetario sea indeterminado o incierto, tendremos derecho a cuantificar el importe monetario adeudado a nuestra razonable discreción.

 

7. ley aplicable, fuero y disposiciones finales

 

7.1
Todas las reclamaciones y disputas legales que surjan de esta relación contractual se regirán por la ley de la República Federal de Alemania, con la excepción de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, en la medida en que no se hayan establecido disposiciones en el contrato y/o en estas Condiciones de Compra.

 

7.2
El lugar de jurisdicción para todas las reclamaciones y disputas legales derivadas de esta relación contractual será D-81829 Múnich, Alemania, pero también tendremos derecho a presentar una disputa legal contra el proveedor ante el tribunal de su lugar de jurisdicción general.

 

7.3
Si alguna de las disposiciones de estas condiciones de compra no es válida, esto no afectará a la validez del resto de las disposiciones. La disposición inválida será sustituida de mutuo acuerdo por una disposición que corresponda a la finalidad económica de la disposición inválida. Esto se aplicará en consecuencia si las Condiciones de Compra son ineficaces en su conjunto.